Haced todo para la Gloria de Dios (VIII)
“¿Cuándo debo ayunar?” La Iglesia prescribe un ayuno absoluto (no comer o beber nada) desde la media noche anterior al día donde planeamos recibir la Santa Comunión. Igualmente, hay algunos períodos durante el Año Litúrgico cuando hay ayuno de abstinencia de algunos alimentos, básicamente de carne (incluyendo pollo), pescado y los que llamamos habituales (entre los que esta la leche, huevos, queso y derivados. Estos ayunos se observan de media noche a media noche, por ejemplo el ayuno de miércoles termina a media noche del miércoles. Nos abstenemos de carne, pescado y habituales todos los miércoles y viernes del año, excepto los días de fiestas Nos abstenemos durante cuatro períodos del año: Gran Cuaresma (ayuno de 40 días que preceden a la Pascua, Fiesta de los Apóstoles (de extensión variable como preparación a la Fiesta de San Pedro y San Pablo Apóstoles el 29 de junio), Ayuno de la Dormición (durante las primeras dos semanas del mes de agosto, en preparación de la Fiesta de la Dor